Foro / Sociedad

Denuncias a menores

Última respuesta: 19 de febrero de 2020 a las 11:28
N
nast_19258480
18/2/20 a las 19:40

Sobre la denuncia que un energúmeno puso a mi hijo, al final logicamente fue todo archivado sin llegar a juicio, fue en Junio y a día de hoy la justa justicia aún no nos ha remitido la comunicación por escrito y oficialmente, lo sabemos porque el abogado lo miró vía internet....tócate lo pies, ocho meses con esta gilimemez....gracias a unos polis que no hicieron todo lo que tenían que hacer in situ.....

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F
fariha_18622888
19/2/20 a las 11:28

El tema es que igual no se lo comunican, ya que es denuncia no querella. En la querella, querrellado y querellante son partes del proceso.
En esta denuncia de tu hijo, las partes fueron el ministerio público y tu hijo como denunciado, pero tras las investigaciones y testigos en la instrucción, el ministerio público informó al juez la falta de autor conocido, con lo que este "archivó la denuncia", dejando de ser tu hijo automáticamente de ser "parte". A veces tambien las denuncias se archivan provisionalmente por otras razones y se espera ante la falta de pruebas a su prescripción, entonces se archivan definitivamente.
Pero la parte más interesada es la denunciante, que sólo dispone de un plazo de 5 dias para apelación o incorporación al proceso  y/o incorporando más pruebas.
Supongo que con el archivo de diligencias tu hijo dejo de ser "parte" no teniendole que notificar nada. En todo caso si se presentó desde el inicio de diligencias con abogado y procurador, deberian haberselo cominicado a ellos. Recuardas si has dado poderes a abogado y procurador mediante poder notarial o apud-acta ante secretario judicial????, en tal caso la notificación se la harán a ellos, cosa incomprensible porque si vas por libre, no necesitando asistencia letrada deberían notificartelo (no lo hacen nunca, ya te lo digo).
Pero si quieres tocarles las pelotas y no te lo dieran en el juzgado, te personas en el juzgado diciendo que quieres hablar con el secretario judicial y/o  pedirlo por escrito a través del decanato, citando el artículo 24 de la constitución española (derecho a la tutela judicial efectiva), verás como mueven el culo.
La verdad que ya todo se hace a traves de:



Incorporar documentos, ver estado del proceso, sentencias....etc

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