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DENUNCIAS

Última respuesta: 21 de noviembre de 2019 a las 11:15
A
ametz_18499278
5/9/19 a las 11:42

No entiendo cómo es posible "denunciar" a alguien sin tener pruebas y menos denunciar a menores sin las mismas.
La "Justicia" es de todo menos justa y lo peor, no se basa en el Sentido Común....
Y así nos luce todo....

Ver también

M
madhu_18470146
5/9/19 a las 19:29

Que es ser Justo?. 
Acaso sería justo, Juzgar sin indicios, pruebas , ni testigos ni aportar alguna pista de lo que se denuncia como para aceptarlo como cierto.
Anda que?.

Q
qiu_13669904
5/9/19 a las 20:07

En principio debemos denunciar siempre que exista una comisión de hechos que puedan ser constitutivos de delito. Con la denuncia se pone enconocimiento de la autoridad policial o judicial unos hechos, que luego serán valorados por el juez, pero no denunciando también se puede cometer un delito, hay excepciones como en todo, menores conyuge...etc.
Pero luego por supuesta la justicia se alimenta de HECHOS PROBADOS, y caga sentencias. Toda sentencia condenatoria debe expresar las pruebas en que se sustenta la declaración de responsabilidad penal.

M
madhu_18470146
6/9/19 a las 12:11
En respuesta a qiu_13669904

En principio debemos denunciar siempre que exista una comisión de hechos que puedan ser constitutivos de delito. Con la denuncia se pone enconocimiento de la autoridad policial o judicial unos hechos, que luego serán valorados por el juez, pero no denunciando también se puede cometer un delito, hay excepciones como en todo, menores conyuge...etc.
Pero luego por supuesta la justicia se alimenta de HECHOS PROBADOS, y caga sentencias. Toda sentencia condenatoria debe expresar las pruebas en que se sustenta la declaración de responsabilidad penal.

Hola Nadia mi cielo.
Y lo de coger fruta del vecino y cazar topos y demás además negar la libertad a unos cuantos caracoles que además los mató hirviendo.
Esto cuenta como delito?.

A
ametz_18499278
6/9/19 a las 13:29
En respuesta a qiu_13669904

En principio debemos denunciar siempre que exista una comisión de hechos que puedan ser constitutivos de delito. Con la denuncia se pone enconocimiento de la autoridad policial o judicial unos hechos, que luego serán valorados por el juez, pero no denunciando también se puede cometer un delito, hay excepciones como en todo, menores conyuge...etc.
Pero luego por supuesta la justicia se alimenta de HECHOS PROBADOS, y caga sentencias. Toda sentencia condenatoria debe expresar las pruebas en que se sustenta la declaración de responsabilidad penal.

Denunciar unos hechos, correcto, pero denunciar a alguien si pueba de que ha sido esa persona y más si es menor y que no compruebe la policí in-situ coartadas, me parece surrealista y demencial, pérdida de tiempo, de dinero y de nervios, por no aclarar las cosas en el momento.

Q
qiu_13669904
7/9/19 a las 12:29
En respuesta a madhu_18470146

Hola Nadia mi cielo.
Y lo de coger fruta del vecino y cazar topos y demás además negar la libertad a unos cuantos caracoles que además los mató hirviendo.
Esto cuenta como delito?.

Ahhh, tu sabes que he dejado muy claro que soy defensora de la vida y de la propiedad privada, jajaja. De otra forma quien trabajaría y produciría bienes???? los tontos sólo.
Tu ten cuidado con el gallo catalinius y la gallina, que esos van a defender bien a los pollitos.
Además que si en gallo catalinius ya te picaba antes, pues imagínate ahora como te acerques a ellos.

Q
qiu_13669904
7/9/19 a las 12:35
En respuesta a ametz_18499278

Denunciar unos hechos, correcto, pero denunciar a alguien si pueba de que ha sido esa persona y más si es menor y que no compruebe la policí in-situ coartadas, me parece surrealista y demencial, pérdida de tiempo, de dinero y de nervios, por no aclarar las cosas en el momento.

Pues quien denuncie sin pruebas que pague las costas y listo. Si es denuncia falsa que sea condenado, que le puede salir muy caro denunciar con conocimiento de la falsedad.:
 Artículo 456 del Código Penal
 1. Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados:
1º. Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.
2º. Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave.
3º. Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara una falta.
2. No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido.

A
ametz_18499278
8/9/19 a las 10:19
En respuesta a qiu_13669904

Pues quien denuncie sin pruebas que pague las costas y listo. Si es denuncia falsa que sea condenado, que le puede salir muy caro denunciar con conocimiento de la falsedad.:
 Artículo 456 del Código Penal
 1. Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados:
1º. Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.
2º. Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave.
3º. Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara una falta.
2. No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido.

Ahora falta que un testigo vaya a declarar ante el fiscal y que el fiscal se pronuncie en si hay juicio o no, pero el daño al menor ya está hecho y dudo mucho que luego le denuncien al hombre por confundirse de chaval.

Q
qiu_13669904
8/9/19 a las 12:40
En respuesta a ametz_18499278

Ahora falta que un testigo vaya a declarar ante el fiscal y que el fiscal se pronuncie en si hay juicio o no, pero el daño al menor ya está hecho y dudo mucho que luego le denuncien al hombre por confundirse de chaval.

Yo no me aclaro bien a donde me quieres llevar. El que pone una denuncia puede hacerlo ante la fiscalia, que si es un delito público actua de oficio y en los semiprivados mediante la denuncia. El fiscal no siempre está obligado a sostener la acusación. Pero puede tambien actuar el juez de oficio en delitos públicos, aunque nunca puede actuar como acusación. También puede actuar de parte activa la acusación particular

A
ametz_18499278
9/9/19 a las 10:06
En respuesta a qiu_13669904

Yo no me aclaro bien a donde me quieres llevar. El que pone una denuncia puede hacerlo ante la fiscalia, que si es un delito público actua de oficio y en los semiprivados mediante la denuncia. El fiscal no siempre está obligado a sostener la acusación. Pero puede tambien actuar el juez de oficio en delitos públicos, aunque nunca puede actuar como acusación. También puede actuar de parte activa la acusación particular

Nadia no pretendo llevar a nada.
Un hombre al que apredrean y rayan el coche un grupo de seis chavales, llama a la policía nacional, al cabo de una hora y en un parque el hombre dice reconocerlos, la policía les identifica y mira sus mochilas, les pregunta dónde han estado, dicen que comiendo en casa de un amigo y en mercadona, la policía les dice que digan la verdad porque visionarán las cámaras de mercadona.
En lugar de verificar en situ la coartada, al mes llega la denuncia a un solo menor, desde que el fiscal toma declaración al hombre y al crío, pasan los dos meses de verano y ahora a la espera de que la madre del cumpleañero testifique ante el fiscal que a esa hora estaba todos comiendo en su casa y mientras toda la familia del crío éste incluido pasando algo por lo que no tenían que haber pasado.

A
ametz_18499278
9/9/19 a las 10:07

Esta es la justicia,.....una partida de poker.

Q
qiu_13669904
9/9/19 a las 11:06

No te cabrees, no hay caso.
Hay que ver en donde decian los jóvenes que estaban a la hora en que se produjo el hecho, o bien en mercadona o bien en la casa del cumpleañero. A la misma hora no pueden estar en los dos sitios, por tanto lo relevante es la coartada a esa hora.
Las cámaras de mercadona no han sido visualizadas y ya no es posible. El testimonio de la madre del cumpleañero supongo que no será explicito en la hora exacta del tiempo que estuvieron celebrandolo y no servirá para la hora de los hechos.
No hay pruebas. Hay una acusación sin testigos, sin fotos, sin grabaciones. cada uno testificará a su favor. El factor sorpresa se perdió.
El jóven tendrá que declarar: no sé nada, no recuerdo las horas, no conozco a este señor...etc
Ya sabes que el més de Agosto es inhábil para la justicia, queda todo paralizado, paciencia.

A
ametz_18499278
9/9/19 a las 11:11
En respuesta a qiu_13669904

No te cabrees, no hay caso.
Hay que ver en donde decian los jóvenes que estaban a la hora en que se produjo el hecho, o bien en mercadona o bien en la casa del cumpleañero. A la misma hora no pueden estar en los dos sitios, por tanto lo relevante es la coartada a esa hora.
Las cámaras de mercadona no han sido visualizadas y ya no es posible. El testimonio de la madre del cumpleañero supongo que no será explicito en la hora exacta del tiempo que estuvieron celebrandolo y no servirá para la hora de los hechos.
No hay pruebas. Hay una acusación sin testigos, sin fotos, sin grabaciones. cada uno testificará a su favor. El factor sorpresa se perdió.
El jóven tendrá que declarar: no sé nada, no recuerdo las horas, no conozco a este señor...etc
Ya sabes que el més de Agosto es inhábil para la justicia, queda todo paralizado, paciencia.

Me cabreo con las formas de la justicia....
Es fácil, a las cuatro comiendo, a las cuatro y media en mercadona, a las cinco menos cuarto en el parque...según el sujeto, todo ocurrió a las cuatro y cinco, por qué narices no se hicieron las comprobaciones en ese momento.
De la hora que estaban comiendo la saben exacta, porque pidieron comida a un Kebab y a las cuatro menos veinte no había llegado.
La policía no visionó las cámaras en su momento porque no le dio la gana.
El chaval ya ha declarado, pero ha pasado un momento que no es agradable y se ha jorobado sin ir al parque a hacer skate todo el verano.
Lo dicho, cuando alguien no hace bien su trabajo, se joroba el que menos culpa tiene.

A
ametz_18499278
9/9/19 a las 11:13

Y lo cuento, porque no sabía que cualquiera puede denunciar a cualquiera y hacerle pasar por un mal momento sin comerlo ni beberlo.
Alucinante.....será para que todo el engranaje de abogados, jueces y fiscales cobren.

A
ametz_18499278
9/9/19 a las 11:14

Y lo siento por ti nadia, que estás estudian una carrera que se basa en a ver quién juega mejor sus cartas.

Q
qiu_13669904
9/9/19 a las 11:39
En respuesta a ametz_18499278

Y lo cuento, porque no sabía que cualquiera puede denunciar a cualquiera y hacerle pasar por un mal momento sin comerlo ni beberlo.
Alucinante.....será para que todo el engranaje de abogados, jueces y fiscales cobren.

Te puedo asegurar que la presunción de inocencia siempre prima en la justicia. Es mejor que un delincuente este suelto, antes que un inocente esté privado de libertad.
Toda condena se tiene que fundamentar en HECHOS PROBADOS.
Los jueces, fiscales y abogados no ganan nada con esto, y cometen errores como también se cometen en otros colectivos, pero siempre se pueden apelar las sentencias. En España se producen muchas denuncias falsas, por tráfico, seguros, laborales, de pareja...etc simplemente por interés económico y eso lo sabemos todos, por eso siempre hay que probar las cosas.
Volviendo al caso que planteas, el testimonio de la madre del chico afirmando que a las cuatro y cinco estaban en su casa es suficiente para sebreseer el caso.

A
ametz_18499278
9/9/19 a las 12:16
En respuesta a qiu_13669904

Te puedo asegurar que la presunción de inocencia siempre prima en la justicia. Es mejor que un delincuente este suelto, antes que un inocente esté privado de libertad.
Toda condena se tiene que fundamentar en HECHOS PROBADOS.
Los jueces, fiscales y abogados no ganan nada con esto, y cometen errores como también se cometen en otros colectivos, pero siempre se pueden apelar las sentencias. En España se producen muchas denuncias falsas, por tráfico, seguros, laborales, de pareja...etc simplemente por interés económico y eso lo sabemos todos, por eso siempre hay que probar las cosas.
Volviendo al caso que planteas, el testimonio de la madre del chico afirmando que a las cuatro y cinco estaban en su casa es suficiente para sebreseer el caso.

Lo se, por eso, si la policía en ese momento hubiera indagado horas y coartadas, no hubiera dado lugar a denuncia alguna, tiempo perdido y nervios, porque por muy inocente que seas, el trago has de pasarlo y eso es lo que no es entendible.

A
ametz_18499278
9/9/19 a las 12:25

nadia, te he enviado un privado para que entiendas que hay a gente que este tipo de historias les supone algo más que un mal entretenimiento.

H
hamida_18511185
9/9/19 a las 15:09

Quien denuncia ha de demostrar lo que denuncia más allá de cualquier duda razonable. La prueba de esto es que OJ simpson se libró de la pena de muerte porque los guantes con los que supuestamente cometió el asesinato no le cabían...a pesar de todas las pruebas de adn y demás que se presentaron...además es una de las mayores cagadas judiciales de la historia. 



 

M
madhu_18470146
9/9/19 a las 19:23

Y de que tu crees tú crees que  y como he amasado mi pequeño capitalito, con astucia, picardía e intentando ir un paso más adelantado de los demás.
Cuando se habla de dinero negro y se duda que exista, que se lo pregunten al pages y les dira como y con razonamiento, evidencias y como de fácil.
Me encanta aquella maxima o dicho que reza, antes en la calle un ladron, que un chorizo inocente en la carcel.
Anda que?.

A
ametz_18499278
10/9/19 a las 10:29
En respuesta a hamida_18511185

Quien denuncia ha de demostrar lo que denuncia más allá de cualquier duda razonable. La prueba de esto es que OJ simpson se libró de la pena de muerte porque los guantes con los que supuestamente cometió el asesinato no le cabían...a pesar de todas las pruebas de adn y demás que se presentaron...además es una de las mayores cagadas judiciales de la historia. 



 

Por eso no entiendo que estando la policía y pudiéndolo comprobar no lo hiciera y que no habiendo prueba alguna, se deje poner denuncia para tener en vilo a toda la familia....

M
madhu_18470146
10/9/19 a las 10:41

Por lo que veo estáis muy estigmatizados los urbanitas, si aplicaseis lo de las mayorías de mocraticas veríais que llegan a viejos más de los que se asesinan o matan de una forma involuntario y premeditada y lo de robar ya no se como razonaros y explicaros que en la naturaleza nada es de nadie siempre que el ladron no se delate por su torpeza, en fin y para daros un ejemplo una evidencia del día ha día del Payes, ayer uno de mis felinos estaba pachucho y parecía más moribundo que espabilado, no me extrañaría que hoy estuviera difunto por lo que con un agujero en el huerto abono para el nogal.
Anda que no?.

M
madhu_18470146
10/9/19 a las 10:46

Y mira que hace pachoca  el felino ese.
Por si alguien le apena le brindo la oportunidad de hacerle un responso como Dios lo manda y así sepáis a quien tenéis que hacérselo.
En fin podría ser peor.
Anda que ?.

A
ametz_18499278
10/9/19 a las 11:09

Ahora hasta que declare la madre testigo de que a esa hora estaban en su casa todos, pasarán otros dos meses.....como si lo viera....menos mal que son menores....

A
ametz_18499278
12/9/19 a las 10:26

Pues ya la han citado para una fecha en la que está en el extranjero, ahora tiene que hacer no se qué historias para que la citen otro día.....
Así, sin molestar a nadie....

Q
qiu_13669904
12/9/19 a las 13:15
En respuesta a ametz_18499278

Pues ya la han citado para una fecha en la que está en el extranjero, ahora tiene que hacer no se qué historias para que la citen otro día.....
Así, sin molestar a nadie....

Pues olvidate del caso porque no hay testigos, ni cámaras, ni fotos...palabra de ellos contra la del denunciante. No tener cuartada no significa ser culpable, hay que demostrarlo, ya sabes en caso de duda "in dubio pro reo". Las pruebas circunstanciasles se impugnan con "no sé" "no recuerdo" Yo estaría más preocupada si fuera la denunciante, ya que podría ser imputada de denuncia falsa.
Quería decir que hoy sale en todos los diarios que la alcaldesa de Móstoles ha destituido a su hermana del cargo a dedo que creó para ella, pero de su tio aún no se sabe nada. Todo a raiz de una gran cacerolada de todos los vecinos mientras el pregón de las fiestas, que actualmente se celebran en la localidad. No HAY DIARIO DONDE NO VENGA, y me he leido hasta los económicos, que por cierto estoy deprimida, menuda crisis se nos avecina con Pedrito sigua "meneandosela" en su despacho de la Moncloa. Gracias a dios se ha cumplido mi frase de ayer de Sagasta: "Cuando se cierran las puertas de la justicia, se abren las de la revolución“.
 

A
ametz_18499278
12/9/19 a las 13:20
En respuesta a qiu_13669904

Pues olvidate del caso porque no hay testigos, ni cámaras, ni fotos...palabra de ellos contra la del denunciante. No tener cuartada no significa ser culpable, hay que demostrarlo, ya sabes en caso de duda "in dubio pro reo". Las pruebas circunstanciasles se impugnan con "no sé" "no recuerdo" Yo estaría más preocupada si fuera la denunciante, ya que podría ser imputada de denuncia falsa.
Quería decir que hoy sale en todos los diarios que la alcaldesa de Móstoles ha destituido a su hermana del cargo a dedo que creó para ella, pero de su tio aún no se sabe nada. Todo a raiz de una gran cacerolada de todos los vecinos mientras el pregón de las fiestas, que actualmente se celebran en la localidad. No HAY DIARIO DONDE NO VENGA, y me he leido hasta los económicos, que por cierto estoy deprimida, menuda crisis se nos avecina con Pedrito sigua "meneandosela" en su despacho de la Moncloa. Gracias a dios se ha cumplido mi frase de ayer de Sagasta: "Cuando se cierran las puertas de la justicia, se abren las de la revolución“.
 

Esta madre lo que va a pedir es ir a declarar otro día, prefiero que sea ella quien declare y que no tengan que pasar por ello los chavales.

A
ametz_18499278
12/9/19 a las 13:21
En respuesta a qiu_13669904

Pues olvidate del caso porque no hay testigos, ni cámaras, ni fotos...palabra de ellos contra la del denunciante. No tener cuartada no significa ser culpable, hay que demostrarlo, ya sabes en caso de duda "in dubio pro reo". Las pruebas circunstanciasles se impugnan con "no sé" "no recuerdo" Yo estaría más preocupada si fuera la denunciante, ya que podría ser imputada de denuncia falsa.
Quería decir que hoy sale en todos los diarios que la alcaldesa de Móstoles ha destituido a su hermana del cargo a dedo que creó para ella, pero de su tio aún no se sabe nada. Todo a raiz de una gran cacerolada de todos los vecinos mientras el pregón de las fiestas, que actualmente se celebran en la localidad. No HAY DIARIO DONDE NO VENGA, y me he leido hasta los económicos, que por cierto estoy deprimida, menuda crisis se nos avecina con Pedrito sigua "meneandosela" en su despacho de la Moncloa. Gracias a dios se ha cumplido mi frase de ayer de Sagasta: "Cuando se cierran las puertas de la justicia, se abren las de la revolución“.
 

Es lo que no entiendo, el denunciante no tiene prueba alguna, a santo de qué tiene que declarar el crío y llevar testigos, es absurdo.

M
madhu_18470146
12/9/19 a las 13:53
En respuesta a qiu_13669904

Pues olvidate del caso porque no hay testigos, ni cámaras, ni fotos...palabra de ellos contra la del denunciante. No tener cuartada no significa ser culpable, hay que demostrarlo, ya sabes en caso de duda "in dubio pro reo". Las pruebas circunstanciasles se impugnan con "no sé" "no recuerdo" Yo estaría más preocupada si fuera la denunciante, ya que podría ser imputada de denuncia falsa.
Quería decir que hoy sale en todos los diarios que la alcaldesa de Móstoles ha destituido a su hermana del cargo a dedo que creó para ella, pero de su tio aún no se sabe nada. Todo a raiz de una gran cacerolada de todos los vecinos mientras el pregón de las fiestas, que actualmente se celebran en la localidad. No HAY DIARIO DONDE NO VENGA, y me he leido hasta los económicos, que por cierto estoy deprimida, menuda crisis se nos avecina con Pedrito sigua "meneandosela" en su despacho de la Moncloa. Gracias a dios se ha cumplido mi frase de ayer de Sagasta: "Cuando se cierran las puertas de la justicia, se abren las de la revolución“.
 

Mientras sea la revolución de los claveles me vale, precisamente ahora que mi gallo catalinius ha sido padre de su primer pollito, no estoy precisamente como para apoyar y defender luchando aun que sea ha costa de mi “ vida” una revolución cruenta y despiadada, contra los lobis económicos, religiosos y militares, hoy no, mejor lo dejéis para otro día que está semana estoy muy ocupado con mis 🐥 pollitos recién salidos del cascarón.

L
lucilo_18469969
26/9/19 a las 19:53
En respuesta a qiu_13669904

No te cabrees, no hay caso.
Hay que ver en donde decian los jóvenes que estaban a la hora en que se produjo el hecho, o bien en mercadona o bien en la casa del cumpleañero. A la misma hora no pueden estar en los dos sitios, por tanto lo relevante es la coartada a esa hora.
Las cámaras de mercadona no han sido visualizadas y ya no es posible. El testimonio de la madre del cumpleañero supongo que no será explicito en la hora exacta del tiempo que estuvieron celebrandolo y no servirá para la hora de los hechos.
No hay pruebas. Hay una acusación sin testigos, sin fotos, sin grabaciones. cada uno testificará a su favor. El factor sorpresa se perdió.
El jóven tendrá que declarar: no sé nada, no recuerdo las horas, no conozco a este señor...etc
Ya sabes que el més de Agosto es inhábil para la justicia, queda todo paralizado, paciencia.

El mes de agosto no es inhábil en diligencias previas,se pueden señalar y efectuar declaraciones. Los temas penales tienen hábil agosto hasta el momento del auto de apertura de procedimiento abreviado.

F
fariha_18622888
26/9/19 a las 22:39

El mes de agosto es hábil para todas las actuaciones judiciales en causas que se encuentran en fase de instrucción, causas criminales, presentación de escritos, en requisitos de tiempo y para interponer recursos en dicha fase, recursos de apelación etc.
Pero vaya que con caracter general serán inhábiles los días del mes de agosto para todas las actuaciones judiciales, excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales. De modo que para un procedimiento penal si es hábil.
 Y sí es cierto que que es hábil para juicios rápidos, pero en este caso el procedimiento se encuentra en fase intermedia, no en diligencias prévias.
Un saludo.

F
fariha_18622888
26/9/19 a las 22:44
En respuesta a fariha_18622888

El mes de agosto es hábil para todas las actuaciones judiciales en causas que se encuentran en fase de instrucción, causas criminales, presentación de escritos, en requisitos de tiempo y para interponer recursos en dicha fase, recursos de apelación etc.
Pero vaya que con caracter general serán inhábiles los días del mes de agosto para todas las actuaciones judiciales, excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales. De modo que para un procedimiento penal si es hábil.
 Y sí es cierto que que es hábil para juicios rápidos, pero en este caso el procedimiento se encuentra en fase intermedia, no en diligencias prévias.
Un saludo.

Hay un testigo pendiente de declarar y este ha solicitado un aplazamiento poy estar fuera el día que fué citado. Perdona Adonis que lo revele.

L
lucilo_18469969
26/9/19 a las 23:09
En respuesta a fariha_18622888

El mes de agosto es hábil para todas las actuaciones judiciales en causas que se encuentran en fase de instrucción, causas criminales, presentación de escritos, en requisitos de tiempo y para interponer recursos en dicha fase, recursos de apelación etc.
Pero vaya que con caracter general serán inhábiles los días del mes de agosto para todas las actuaciones judiciales, excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales. De modo que para un procedimiento penal si es hábil.
 Y sí es cierto que que es hábil para juicios rápidos, pero en este caso el procedimiento se encuentra en fase intermedia, no en diligencias prévias.
Un saludo.

Las declaraciones son diligencias previas,  no fase intermedia. Es fase de instrucción.  

Creo que tienes un importante follón con este tema.  Un procedimiento penal en fase de instrucción no es una urgencia, es que sencillamente para estos procedimientos agosto no es inhábil. Solo los DUD son urgencias.

F
fariha_18622888
26/9/19 a las 23:50
En respuesta a lucilo_18469969

Las declaraciones son diligencias previas,  no fase intermedia. Es fase de instrucción.  

Creo que tienes un importante follón con este tema.  Un procedimiento penal en fase de instrucción no es una urgencia, es que sencillamente para estos procedimientos agosto no es inhábil. Solo los DUD son urgencias.

Tanto la LOPJ (art. 184.1) como la Ley de Enjuiciamiento Criminal (art. 201) establecen que “todos los días del año y todas las horas serán hábiles para la instrucción de las causas criminales”. Es decir, que en el mes de agosto continuaran los procedimientos que se encuentren en fase de instrucción. Creo que no te estoy descalificando, ni digo nada contrario a tus afirmaciones. Sencillamente los temas no urgentes se aparcan igual que los temas civiles. Han rayado un coche que prosiblemente no llegue el daño a los 400 y se castigue penalmente con pena de multa. Por favor, que en madrid se estan programando vistas para dentro de un año!!!
El lio lo tendrás tu. Si me pretendes dar lecciones mejor en otro foro, que aquí podemos aburrir al personal. Puede haber un juicio rápido por el servicio de guardia, pero si no es posible, el art 965  de la LECRIM prevé que, si no fuera posible la celebración de la vista durante el servicio de guardia, deberá fijarse en el día hábil más próximo.

F
fariha_18622888
26/9/19 a las 23:56

Cuando el mi primer comentario dije que el més de Agosto es inhábil, hice una afirmación general para la mayor parte de los procedimientos, de la cual "has empezado a sacar punta"
Ha escepción de los procesos penales señalados, para el resto de los procesos penales, serán inhábiles

A
ametz_18499278
27/9/19 a las 10:25
En respuesta a lucilo_18469969

El mes de agosto no es inhábil en diligencias previas,se pueden señalar y efectuar declaraciones. Los temas penales tienen hábil agosto hasta el momento del auto de apertura de procedimiento abreviado.

Era inhábil totalmente, nos lo dijeron

A
ametz_18499278
27/9/19 a las 10:26
En respuesta a ametz_18499278

Era inhábil totalmente, nos lo dijeron

Al menos para este tema

A
ametz_18499278
23/10/19 a las 11:37

Hoy ha ido a declarar la madre del cumpleañero para certificar al 100% que estaban en su casa a la hora de los hechos.
Espero que la denuncia no prospere y se archive de una vez
Aunque después de la sentencia de chiste del Proceso, ya veremos qué sucede....

F
fariha_18622888
23/10/19 a las 11:56
En respuesta a ametz_18499278

Hoy ha ido a declarar la madre del cumpleañero para certificar al 100% que estaban en su casa a la hora de los hechos.
Espero que la denuncia no prospere y se archive de una vez
Aunque después de la sentencia de chiste del Proceso, ya veremos qué sucede....

Se archivan las diligencias.
Tranquila, la justicia se alimenta de hechos probados y caga sentencias. En la mayoría de las sentencias acierta afortunadamente.
La sentencia del proces estaba pactada, es de DOMINIO PÚBLICO UNIVERSAL. Ha sido a medida de los que apoyaron a Sánchez en su moción. Normalmente el que se deja más dar por el ORTO es el TS, los de primera instancia y las audiencias provinciales se lo curran bien.

A
ametz_18499278
23/10/19 a las 12:00
En respuesta a fariha_18622888

Se archivan las diligencias.
Tranquila, la justicia se alimenta de hechos probados y caga sentencias. En la mayoría de las sentencias acierta afortunadamente.
La sentencia del proces estaba pactada, es de DOMINIO PÚBLICO UNIVERSAL. Ha sido a medida de los que apoyaron a Sánchez en su moción. Normalmente el que se deja más dar por el ORTO es el TS, los de primera instancia y las audiencias provinciales se lo curran bien.

Sí, lo del TS lo conozco como sabes.
Solo que esta historieta está durando demasiado y por la experiencia y lo que se ve mundo alante, la tranquilidad es un lujo.

A
ametz_18499278
8/11/19 a las 10:36

Ya fue a declarar el testigo y estamos a la espera de que decidan qué hacer con el asunto.

A
ametz_18499278
18/11/19 a las 13:32

Desestimado.
El denunciante tiene cinco días para recurrir y sino, carpetazo......

F
fariha_18622888
18/11/19 a las 22:23
En respuesta a ametz_18499278

Desestimado.
El denunciante tiene cinco días para recurrir y sino, carpetazo......

Archivado por falta de autor conocido. Tranquila que su abogado es el de su compañçia de seguros del vehículo, y no recurrirá. Está perdido de antemano el recurso.
Me alegro.

A
ametz_18499278
19/11/19 a las 11:14
En respuesta a fariha_18622888

Archivado por falta de autor conocido. Tranquila que su abogado es el de su compañçia de seguros del vehículo, y no recurrirá. Está perdido de antemano el recurso.
Me alegro.

Mil gracias, eso espero que nos lo comuniquen y olvidarnos, aunque dudo que el mi pobre vuelva a hacer skate y si vuelve, voy a estar en un sin vivir.....

A
ametz_18499278
21/11/19 a las 11:15

Por cierto, ¿podríamos nosotros denunciar al hombre por falsa denuncia, daños y perjuicios?

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