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Ayuda, cómo puedo denunciar a un policía por el delito de omisión del deber de perseguir delitos.

Última respuesta: 6 de noviembre de 2019 a las 11:39
J
jiayan_7876982
4/11/19 a las 20:30

El día de hoy me presenté en una comisaría de policía para denunciar que la noche anterior una persona se dirigió hacia mí en un bar y me insultó y levantó calumnias en mi nombre. Al comentarle la situación al policía me dijo que lo primero que necesitaba era “NOMBRE Y DNI de esta persona a la que se quiere denunciar”. Yo le indiqué que conozco el NOMBRE COMPLETO Y DIRECCIÓN de esta persona, sin embargo, bajo argumentos como “con efectos de la ley mordaza de julio de 19...... ¿? no puedes presentar una denuncia si no conoces el DNI de esta persona” Yo me he quedado flipando y sintiendo una impotencia e incredulidad ante estas palabras. Me dijo que “podía recogerme la denuncia, pero siendo sinceros, se iba a quedar en un cajón porque sin el DNI no lo iban a mandar a ningún juzgado”. Al preguntarle que cómo podía yo conseguir el DNI de una persona, el policía sólo se encogía de hombros. También me dijo que tenía que haber llamado en ese momento a un coche de policía y entonces ellos ya hubieran procedido a identificarle. Yo le dije que esto sucedió mientras esta persona se dirigía a la salida del bar, y que después  de acercarse a mí e insultarme, esta persona se marchó; entonces le dije “para cuando el coche de policía llegase, esta persona ya habría marchado de la zona, ¿cómo la ibais a identificar? y su respuesta fue “pues si es así mala suerte”. 
Ante todo esto no me quedó más remedio que llorar de rabia e impotencia y marché, no sin que antes me dijese el policía “esto es así para todos, no pienses que es solo para tí” (supongo que lo diría porque yo soy mexicana). También dijo: “esto seguramente TE VUELVA A PASAR, así que si eso ya sabes que hay que llamar a un coche”. ....Sin palabras.
He llamado más tarde a la misma comisaría para presentarle lo mismo y me ha dicho el policía que me atendió que lo que esta persona me dijo está mal y que puedo presentar una denuncia SIN saber el dni de la persona, siempre y cuando
sepa su nombre.
¿CÓMO Y DÓNDE TENGO QUE PRESENTAR UNA DENUNCIA SOBRE ESTOS HECHOS?

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La respuesta más útil

L
lucilo_18469969
5/11/19 a las :28
En respuesta a jiayan_7876982

El día de hoy me presenté en una comisaría de policía para denunciar que la noche anterior una persona se dirigió hacia mí en un bar y me insultó y levantó calumnias en mi nombre. Al comentarle la situación al policía me dijo que lo primero que necesitaba era “NOMBRE Y DNI de esta persona a la que se quiere denunciar”. Yo le indiqué que conozco el NOMBRE COMPLETO Y DIRECCIÓN de esta persona, sin embargo, bajo argumentos como “con efectos de la ley mordaza de julio de 19...... ¿? no puedes presentar una denuncia si no conoces el DNI de esta persona” Yo me he quedado flipando y sintiendo una impotencia e incredulidad ante estas palabras. Me dijo que “podía recogerme la denuncia, pero siendo sinceros, se iba a quedar en un cajón porque sin el DNI no lo iban a mandar a ningún juzgado”. Al preguntarle que cómo podía yo conseguir el DNI de una persona, el policía sólo se encogía de hombros. También me dijo que tenía que haber llamado en ese momento a un coche de policía y entonces ellos ya hubieran procedido a identificarle. Yo le dije que esto sucedió mientras esta persona se dirigía a la salida del bar, y que después  de acercarse a mí e insultarme, esta persona se marchó; entonces le dije “para cuando el coche de policía llegase, esta persona ya habría marchado de la zona, ¿cómo la ibais a identificar? y su respuesta fue “pues si es así mala suerte”. 
Ante todo esto no me quedó más remedio que llorar de rabia e impotencia y marché, no sin que antes me dijese el policía “esto es así para todos, no pienses que es solo para tí” (supongo que lo diría porque yo soy mexicana). También dijo: “esto seguramente TE VUELVA A PASAR, así que si eso ya sabes que hay que llamar a un coche”. ....Sin palabras.
He llamado más tarde a la misma comisaría para presentarle lo mismo y me ha dicho el policía que me atendió que lo que esta persona me dijo está mal y que puedo presentar una denuncia SIN saber el dni de la persona, siempre y cuando
sepa su nombre.
¿CÓMO Y DÓNDE TENGO QUE PRESENTAR UNA DENUNCIA SOBRE ESTOS HECHOS?

Vaya cantidad de mentiras soltadas en tan pocas líneas.No hay ninguna "ley mordaza" de 19... 

F
fariha_18622888
4/11/19 a las 22:12

Vamos a ver, denunciar es poner en conocimiento de la autoridad un hecho, que podría ser delictivo, pero tu no eres parte acusadora, ni del proceso. La policía o el juzgado actuaria "de oficio" ante esa información. 
En la querella, serias parte acusadora o demandante. Creo que ante insultos, amenazas o calumnias, sin lesiones, deberías tener testigos,cámaras de seguridad o grabación, algo con lo que probar tu querella.
Y olvidate, NO es necesario que sepas el DNI de quien denuncias, ni siquiera a veces el nombre, simplemente ves que un conductor va borracho y denuncias a la guardia civíl por la matrícula de su vehículo, que luego serán ellos los que tienen que actuar de oficio e investigar su identidad.
Repito lo que tienes es que presentar es querella en el juzgado, y si tienes pruebas, de otra forma el juez no la va a admitir a trámite.

F
fariha_18622888
4/11/19 a las 22:23
En respuesta a fariha_18622888

Vamos a ver, denunciar es poner en conocimiento de la autoridad un hecho, que podría ser delictivo, pero tu no eres parte acusadora, ni del proceso. La policía o el juzgado actuaria "de oficio" ante esa información. 
En la querella, serias parte acusadora o demandante. Creo que ante insultos, amenazas o calumnias, sin lesiones, deberías tener testigos,cámaras de seguridad o grabación, algo con lo que probar tu querella.
Y olvidate, NO es necesario que sepas el DNI de quien denuncias, ni siquiera a veces el nombre, simplemente ves que un conductor va borracho y denuncias a la guardia civíl por la matrícula de su vehículo, que luego serán ellos los que tienen que actuar de oficio e investigar su identidad.
Repito lo que tienes es que presentar es querella en el juzgado, y si tienes pruebas, de otra forma el juez no la va a admitir a trámite.

https://youtu.be/3J8m8qNM65Q

Perdón el juez la admite a trámite si encuentra fundamentos jurídicos, pero las pruebas las tendrás que aportar tu, puesto que el querellado negará los hechos.

J
jiayan_7876982
4/11/19 a las 23:40
En respuesta a fariha_18622888

Vamos a ver, denunciar es poner en conocimiento de la autoridad un hecho, que podría ser delictivo, pero tu no eres parte acusadora, ni del proceso. La policía o el juzgado actuaria "de oficio" ante esa información. 
En la querella, serias parte acusadora o demandante. Creo que ante insultos, amenazas o calumnias, sin lesiones, deberías tener testigos,cámaras de seguridad o grabación, algo con lo que probar tu querella.
Y olvidate, NO es necesario que sepas el DNI de quien denuncias, ni siquiera a veces el nombre, simplemente ves que un conductor va borracho y denuncias a la guardia civíl por la matrícula de su vehículo, que luego serán ellos los que tienen que actuar de oficio e investigar su identidad.
Repito lo que tienes es que presentar es querella en el juzgado, y si tienes pruebas, de otra forma el juez no la va a admitir a trámite.

https://youtu.be/3J8m8qNM65Q

Vale, pero eso es en segundo plano. Mi duda y principal tema es el hecho de que el policía me haya mentido a la hora de decirme que no puedo hacer nada si no sé el DNI de la persona. Después en casa he investigado y he leído lo que ya me has dicho tú que se trata de una querella; sin embargo como te digo, lo que interesa es la situación CON EL POLICÍA.

J
jiayan_7876982
4/11/19 a las 23:42
En respuesta a fariha_18622888

Vamos a ver, denunciar es poner en conocimiento de la autoridad un hecho, que podría ser delictivo, pero tu no eres parte acusadora, ni del proceso. La policía o el juzgado actuaria "de oficio" ante esa información. 
En la querella, serias parte acusadora o demandante. Creo que ante insultos, amenazas o calumnias, sin lesiones, deberías tener testigos,cámaras de seguridad o grabación, algo con lo que probar tu querella.
Y olvidate, NO es necesario que sepas el DNI de quien denuncias, ni siquiera a veces el nombre, simplemente ves que un conductor va borracho y denuncias a la guardia civíl por la matrícula de su vehículo, que luego serán ellos los que tienen que actuar de oficio e investigar su identidad.
Repito lo que tienes es que presentar es querella en el juzgado, y si tienes pruebas, de otra forma el juez no la va a admitir a trámite.

https://youtu.be/3J8m8qNM65Q

La omisión de perseguir un delito es en sí misma UN DELITO, por eso mi pregunta sobre cómo proceder contra este servidor público que me mintió para no hacer su trabajo.

F
fariha_18622888
4/11/19 a las 23:57
En respuesta a jiayan_7876982

La omisión de perseguir un delito es en sí misma UN DELITO, por eso mi pregunta sobre cómo proceder contra este servidor público que me mintió para no hacer su trabajo.

 La palabra de un policía vale más que la de otro ciudadano. Se denomina valor probatorio o presunción de veracidad. Es lo que hace que las multas de tráfico tengan validez, por ejemplo, o las sanciones de la L.O. de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Sólo prueba documental o testifical de otro policía testigo te ayudaría.

J
jiayan_7876982
5/11/19 a las :23
En respuesta a fariha_18622888

 La palabra de un policía vale más que la de otro ciudadano. Se denomina valor probatorio o presunción de veracidad. Es lo que hace que las multas de tráfico tengan validez, por ejemplo, o las sanciones de la L.O. de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Sólo prueba documental o testifical de otro policía testigo te ayudaría.

Gracias, aún así mañana empezaré los procedimientos oportunos para dejar estos hechos en conocimiento de quien tengan que caer. El no ya lo tengo, y si no tengo nada que perder no me voy a quedar de brazos cruzados.

L
lucilo_18469969
5/11/19 a las :28
Mejor respuesta
En respuesta a jiayan_7876982

El día de hoy me presenté en una comisaría de policía para denunciar que la noche anterior una persona se dirigió hacia mí en un bar y me insultó y levantó calumnias en mi nombre. Al comentarle la situación al policía me dijo que lo primero que necesitaba era “NOMBRE Y DNI de esta persona a la que se quiere denunciar”. Yo le indiqué que conozco el NOMBRE COMPLETO Y DIRECCIÓN de esta persona, sin embargo, bajo argumentos como “con efectos de la ley mordaza de julio de 19...... ¿? no puedes presentar una denuncia si no conoces el DNI de esta persona” Yo me he quedado flipando y sintiendo una impotencia e incredulidad ante estas palabras. Me dijo que “podía recogerme la denuncia, pero siendo sinceros, se iba a quedar en un cajón porque sin el DNI no lo iban a mandar a ningún juzgado”. Al preguntarle que cómo podía yo conseguir el DNI de una persona, el policía sólo se encogía de hombros. También me dijo que tenía que haber llamado en ese momento a un coche de policía y entonces ellos ya hubieran procedido a identificarle. Yo le dije que esto sucedió mientras esta persona se dirigía a la salida del bar, y que después  de acercarse a mí e insultarme, esta persona se marchó; entonces le dije “para cuando el coche de policía llegase, esta persona ya habría marchado de la zona, ¿cómo la ibais a identificar? y su respuesta fue “pues si es así mala suerte”. 
Ante todo esto no me quedó más remedio que llorar de rabia e impotencia y marché, no sin que antes me dijese el policía “esto es así para todos, no pienses que es solo para tí” (supongo que lo diría porque yo soy mexicana). También dijo: “esto seguramente TE VUELVA A PASAR, así que si eso ya sabes que hay que llamar a un coche”. ....Sin palabras.
He llamado más tarde a la misma comisaría para presentarle lo mismo y me ha dicho el policía que me atendió que lo que esta persona me dijo está mal y que puedo presentar una denuncia SIN saber el dni de la persona, siempre y cuando
sepa su nombre.
¿CÓMO Y DÓNDE TENGO QUE PRESENTAR UNA DENUNCIA SOBRE ESTOS HECHOS?

Vaya cantidad de mentiras soltadas en tan pocas líneas.No hay ninguna "ley mordaza" de 19... 

L
lucilo_18469969
5/11/19 a las :29
Mejor respuesta
En respuesta a fariha_18622888

 La palabra de un policía vale más que la de otro ciudadano. Se denomina valor probatorio o presunción de veracidad. Es lo que hace que las multas de tráfico tengan validez, por ejemplo, o las sanciones de la L.O. de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Sólo prueba documental o testifical de otro policía testigo te ayudaría.

PUfff ya estamos de nuevo... Desde que hay radares han cambiado mucho las cosas, actualízate.

J
jiayan_7876982
5/11/19 a las :37
En respuesta a lucilo_18469969

Vaya cantidad de mentiras soltadas en tan pocas líneas.No hay ninguna "ley mordaza" de 19... 

Así es, es que se ha reído de mí a la cara, soltando cada cosa pensando que se estaba topando con una persona ignorante que iba a irse llorando para casa y hacerse bolita. Pues sí me he ido llorando para casa, pero con cita con mi abogado y mañana a los juzgados, estoy cansada de los abusos y las miradas por encima del hombro de este y otro tipo de "funcionarios".

F
fariha_18622888
5/11/19 a las 11:07
En respuesta a lucilo_18469969

PUfff ya estamos de nuevo... Desde que hay radares han cambiado mucho las cosas, actualízate.

Que existan radares, cámaras de seguridad y demás tecnología, no invalida la presunción de veracidad de las fuerzas de seguridad del estado. Creo que te quieres hacer la doctora en derecho y conmigo no te vale. Y eso que a mí el penal me gusta poco.
Mira un radar se puede recurrir: matricula que sea legible, fecha correcta, velocidad, modelo del radar, solicitar homologación del radar, etc, etc.
Sin embargo, las declaraciones de los agentes policiales tienen valor de prueba testifical cuando las mismas se realizan en virtud de la percepción directa de la comisión del delito. Vamos que no necesitan estar homologados como los radares.

F
fariha_18622888
5/11/19 a las 11:19

Todos tenemos derecho a presentar denuncia o querella ante el juzgado, pero hay veces que puede ser contraproducente para los intereses personales. Se puede presentar queja interna ante el propio cuerpo de policía, pero necesitamos indicios razonables de peso para hacerlo y además demostrarlo, la justicia necesita siempre hechos probados, pero si presentamos querella ante el juzgado, puede ser que el juez la archive automáticamente o que la otra parte, o el propio juez no se queden quietos. Te deseo suerte.

H
hamida_18511185
5/11/19 a las 14:24
En respuesta a jiayan_7876982

El día de hoy me presenté en una comisaría de policía para denunciar que la noche anterior una persona se dirigió hacia mí en un bar y me insultó y levantó calumnias en mi nombre. Al comentarle la situación al policía me dijo que lo primero que necesitaba era “NOMBRE Y DNI de esta persona a la que se quiere denunciar”. Yo le indiqué que conozco el NOMBRE COMPLETO Y DIRECCIÓN de esta persona, sin embargo, bajo argumentos como “con efectos de la ley mordaza de julio de 19...... ¿? no puedes presentar una denuncia si no conoces el DNI de esta persona” Yo me he quedado flipando y sintiendo una impotencia e incredulidad ante estas palabras. Me dijo que “podía recogerme la denuncia, pero siendo sinceros, se iba a quedar en un cajón porque sin el DNI no lo iban a mandar a ningún juzgado”. Al preguntarle que cómo podía yo conseguir el DNI de una persona, el policía sólo se encogía de hombros. También me dijo que tenía que haber llamado en ese momento a un coche de policía y entonces ellos ya hubieran procedido a identificarle. Yo le dije que esto sucedió mientras esta persona se dirigía a la salida del bar, y que después  de acercarse a mí e insultarme, esta persona se marchó; entonces le dije “para cuando el coche de policía llegase, esta persona ya habría marchado de la zona, ¿cómo la ibais a identificar? y su respuesta fue “pues si es así mala suerte”. 
Ante todo esto no me quedó más remedio que llorar de rabia e impotencia y marché, no sin que antes me dijese el policía “esto es así para todos, no pienses que es solo para tí” (supongo que lo diría porque yo soy mexicana). También dijo: “esto seguramente TE VUELVA A PASAR, así que si eso ya sabes que hay que llamar a un coche”. ....Sin palabras.
He llamado más tarde a la misma comisaría para presentarle lo mismo y me ha dicho el policía que me atendió que lo que esta persona me dijo está mal y que puedo presentar una denuncia SIN saber el dni de la persona, siempre y cuando
sepa su nombre.
¿CÓMO Y DÓNDE TENGO QUE PRESENTAR UNA DENUNCIA SOBRE ESTOS HECHOS?

Si lo que ha dicho ha sido en público, y aparte, se refiere a alguna condición sexista, Y/o racista e injuriante,  ve al instituto de la mujer, donde te orientarán. 
Antes pasaban mucho(incluso te recomendaban no denunciar un intento de violación) pero ahora se lo toman más en serio. 
 

H
hamida_18511185
5/11/19 a las 14:30
En respuesta a jiayan_7876982

Así es, es que se ha reído de mí a la cara, soltando cada cosa pensando que se estaba topando con una persona ignorante que iba a irse llorando para casa y hacerse bolita. Pues sí me he ido llorando para casa, pero con cita con mi abogado y mañana a los juzgados, estoy cansada de los abusos y las miradas por encima del hombro de este y otro tipo de "funcionarios".

Vaya, ahora que estoy leyendo la conversación completa....buff, meterse en abogados liantes es lo peor, pero si ya lo has iniciado pues que la suerte te acompañe. Espero que no te salga a pagar al menos.

H
hamida_18511185
5/11/19 a las 14:34
En respuesta a jiayan_7876982

Vale, pero eso es en segundo plano. Mi duda y principal tema es el hecho de que el policía me haya mentido a la hora de decirme que no puedo hacer nada si no sé el DNI de la persona. Después en casa he investigado y he leído lo que ya me has dicho tú que se trata de una querella; sin embargo como te digo, lo que interesa es la situación CON EL POLICÍA.

¿Pero quieres presentar denuncia contra la persona que te injurió o contra un policía que te atendió??

F
fariha_18622888
5/11/19 a las 22:30
En respuesta a hamida_18511185

¿Pero quieres presentar denuncia contra la persona que te injurió o contra un policía que te atendió??

Por lo visto la querella sería contra el policía que la informó mal diciendo que necesitaba el DNI de la persona "que la insultó y levantó calumnias" para presentar la denuncia, y por decirla que se quedaría "en un cajón"(archivada supongo).
Quiero aclarar que la denuncia se admite SIEMPRE, pero la policía no puede hacer ya ningún atestado o informe, puesto que no ha presenciado los hechos. Si en verdad este policía ha actuado así (informando mal), se podría presentar reclamación ante el cuerpo de policía y podría abrirsele un expediente disciplinario, siempre que ella pudiera probarlo, ya que la versión del policía tendría presunción de veracidad ante un juez. Aviso de que el 99% se pierden cuando tampoco hay testigos.
Por otra parte creo que también desea querellarse contra la persona que la "insultó y calumnió", tipificados en los Art. 205-216 ,CP ,. El art 215 dice::“Nadie será penado por calumnia o injuria sino en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o de su representante legal. en este caso si puede aportar testigos, pues adelante con la querella. Primero se celebra un acto de conciliación con el querellante. Tengo que avisar de que las denuncias falsas son también delito y. Importante cuando no hay lesiones ni peritaciones médicas aportar testigos.
Mucha suerte!!!

H
hamida_18511185
5/11/19 a las 23:18
En respuesta a fariha_18622888

Por lo visto la querella sería contra el policía que la informó mal diciendo que necesitaba el DNI de la persona "que la insultó y levantó calumnias" para presentar la denuncia, y por decirla que se quedaría "en un cajón"(archivada supongo).
Quiero aclarar que la denuncia se admite SIEMPRE, pero la policía no puede hacer ya ningún atestado o informe, puesto que no ha presenciado los hechos. Si en verdad este policía ha actuado así (informando mal), se podría presentar reclamación ante el cuerpo de policía y podría abrirsele un expediente disciplinario, siempre que ella pudiera probarlo, ya que la versión del policía tendría presunción de veracidad ante un juez. Aviso de que el 99% se pierden cuando tampoco hay testigos.
Por otra parte creo que también desea querellarse contra la persona que la "insultó y calumnió", tipificados en los Art. 205-216 ,CP ,. El art 215 dice::“Nadie será penado por calumnia o injuria sino en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o de su representante legal. en este caso si puede aportar testigos, pues adelante con la querella. Primero se celebra un acto de conciliación con el querellante. Tengo que avisar de que las denuncias falsas son también delito y. Importante cuando no hay lesiones ni peritaciones médicas aportar testigos.
Mucha suerte!!!

Yo creo que el policía que la atendió le dio largas porque al fin y al cabo es muy difícil de demostrar lo que ella acusa, si no hay testigos ni nada, pues se quedará en un cajón.

A
ametz_18499278
6/11/19 a las 11:39
En respuesta a hamida_18511185

Yo creo que el policía que la atendió le dio largas porque al fin y al cabo es muy difícil de demostrar lo que ella acusa, si no hay testigos ni nada, pues se quedará en un cajón.

Eso mismo creo yo.

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